Comienzo recordando tres momentos del proceso electoral. Primero: cuando, al filo de la medianoche, la presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), Guadalupe Taddéi, informó los resultados de la elección presidencial, quedó claro que el triunfo de Claudia Sheinbaum fue contundente. Segundo: cuando la propia Taddéi dio a conocer una estimación según la cual Morena y aliados podrían tener la mayoría calificada en la Cámara de Diputados y el Senado, los riesgos del poder (casi)ilimitado se hicieron presentes. Tercero: cuando, en los días subsecuentes, distintas voces comenzaron a alimentar la narrativa del fraude, fue evidente que nuestra democracia está lejos de consolidarse.
Estos momentos tienen, además, un correlato jurídico —la calificación de la elección a la Presidencia, la asignación de las diputaciones de representación proporcional y las impugnaciones que se presenten en contra de irregularidades en el proceso electoral— que deberán ser resueltas, en última instancia, por la Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF). A continuación, ofrezco algunas pistas para entender las impugnaciones que vienen, desde auténticas patrañas que muy pronto pasarán al olvido hasta decisiones en las que nos jugamos el futuro de la democracia constitucional.

Otra vez el “fraude del fraude”
Comienzo este recorrido con un tipo de señalamientos que están destinados a olvidarse. Me refiero, por supuesto, a las acusaciones de “fraude” que surgieron después de la jornada electoral. Después de que Taddéi anunció las estimaciones del conteo rápido, que daban una clara ventaja a Claudia Sheinbaum, la incredulidad comenzó a surgir a borbotones en algunos sectores de la oposición. Algunas voces comenzaron a señalar supuestas irregularidades: que en algunas casillas hubo más votos que votantes, que en el programa de resultados electorales preliminares (PREP) hacían falta datos o que había discrepancias, que le estaban quitando votos a Xóchitl Gálvez, etcétera.
Por supuesto, algunos de estos señalamientos tenían una base en la realidad. Es cierto, por ejemplo, que el PREP no siempre reporta todos los datos —por algo son resultados preliminares—. Y es cierto: puede haber errores de captura que generan discrepancias entre las actas de cómputo y lo que se captura en los sistemas informáticos. Pero todas estas inconsistencias, históricamente, se han aclarado a lo largo de los cómputos oficiales. Así sucedió, de nuevo, en estas elecciones. De nueva cuenta, fue notable la coincidencia entre el conteo rápido (una estimación estadística a partir de una muestra de casillas), los resultados preliminares (PREP) y los cómputos distritales.1
Hubo otras acusaciones, sin embargo, que fueron simples farsas. Hubo quienes de manera irresponsable sugirieron incluso que las autoridades habían alterado o pretendían alterar los resultados electorales. La propia Xóchitl Gálvez alimentó esta narrativa. El mismo día de la jornada electoral, cerca de las once de la noche, tuiteó: “Los votos están ahí. No permitamos que los escondan”.2 Minutos después, insistió: “Quieren que te vayas a dormir creyendo que te ganaron. Mienten como siempre”.3
En esos momentos parecía que habíamos vuelto a 2006. Como documentó con todo tino Ciro Murayama en las páginas de nexos,4 ese año el candidato López Obrador realizó una serie de acusaciones —los votos extraviados, el fraude cibernético, las urnas embarazadas, los paquetes manipulados, etcétera— cuya falsedad ha sido evidenciada una y otra vez. En 2024, los papeles parecían invertirse, pues era la candidata del PRI y del PAN la que alimentaba esta narrativa. Bien lo dijo Karl Marx: los grandes hechos de la historia se repiten, primero como tragedia y después como farsa.
Por fortuna, Gálvez de abandonó esta narrativa más pronto que tarde y —ahora sí con talante democrático— corrigió y aceptó los resultados. En estos momentos, nadie medianamente serio insiste en la idea de los votos ocultos o la alteración de los resultados a favor de Sheinbaum. Y aunque seguro habrá impugnaciones que realicen planteamientos de este tipo, seguramente serán desestimadas por el TEPJF. De nueva cuenta, quedará evidenciado lo fraudulento que es alimentar la narrativa de un fraude —entendido como manipulación deliberada, generalizada y sistemática de los resultados electorales—, una situación que, al menos en este momento, es casi imposible en nuestro sistema.
Un triunfo contundente en una elección inequitativa
Pero una cosa es alimentar la retórica del fraude y otra muy distinta es evidenciar las condiciones de inequidad que existieron a lo largo de la contienda electoral. Así como es necesario reconocer la contundencia del triunfo de Sheinbaum, también es importante enfatizar que en esta competencia no hubo una cancha pareja.
En estas páginas no me es posible hacer un recuento puntual de los muchos factores que inclinaron la balanza a favor del oficialismo: la constatada intervención del presidente López Obrador, la preferencia oficialista de los medios de comunicación estatales (y de los algunos privados), el desvío de recursos públicos y la probable injerencia del crimen organizado. Quien desee profundizar en estas cuestiones puede consultar el número de abril de este año de nexos5 o los detallados informes sobre el proceso electoral publicados por el Acuerdo Nacional por la Integridad Electoral (ANIE).6
Lo que aquí me interesa destacar es la dimensión judicial de este problema. Y es en este aspecto que cobran relevancia tanto las impugnaciones que muy probablemente presentarán los partidos políticos como la calificación de la elección presidencial que realizará la Sala Superior del TEPJF.
A primera vista no queda claro por qué se debería impugnar esta elección presidencial. ¿Para qué controvertir judicialmente una elección con más de treinta puntos de diferencia, donde Gálvez no sacó ni la mitad de los votos que obtuvo Sheinbaum? A primera vista parecería algo francamente ridículo. Muchas voces, sobre todo las cercanas al oficialismo, se han dedicado a repetir, una y otra vez, esta idea.
Sucede, sin embargo, que estas impugnaciones cobran sentido si tenemos presente cuál es la función constitucional del TEPJF. Según el artículo 99 de la Constitución, a la Sala Superior le corresponde realizar “el cómputo final de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, una vez resueltas las impugnaciones que se hubieren interpuesto sobre la misma, procediendo a formular, en su caso, la declaración de validez de la elección y la de Presidente Electo respecto del candidato que hubiese obtenido el mayor número de votos”.
¿Qué implicaciones tiene esta disposición constitucional? Simplificando un tema complejo, podríamos decir que el TEPJF tiene la obligación de verificar que el proceso electoral se hay realizado conforme a derecho. En palabras de la propia Sala Superior, declarar la validez de la elección “implica verificar que en todo momento se hayan cumplido los principios constitucionales y normas legales que lo rigen, así como que se hayan observado los valores fundamentales e indispensables para considerar una elección como libre, auténtica y democrática”.7 De esta forma, para calificar la elección presidencial se debe “examinar si los comicios son conforme a los principios rectores en la materia y con las formalidades del proceso electoral, con miras a constatar que no hay alguna deficiencia sustancial en la delegación de la autoridad estatal a los representantes del pueblo”.8
¿Para qué impugnar, entonces, la elección presidencial? Simple y sencillamente para que el TEPJF cuente con mejores elementos para calificar la elección presidencial. Si los cinco integrantes de la Sala Superior se toman en serio su función constitucional, deberán elaborar y aprobar un dictamen de validez que deje constancia de las sistemáticas y reiteradas violaciones a la Constitución en la que incurrió tanto el presidente López Obrador como otros actores —legítimos e ilegítimos—.
Por supuesto, una posible anulación de la elección presidencial está fuera del debate. Para invalidarla, debe demostrarse que las irregularidades fueron determinantes, esto es, que otra persona hubiese ganado la elección si se hubiera respetado el marco constitucional y legal. El margen de victoria de Sheinbaum sobre Gálvez es tan amplio que una anulación es prácticamente imposible.
No obstante, la Sala Superior no puede renunciar a su deber de evidenciar los muchos vicios que tuvo este proceso electoral. El triunfo de Sheinbaum fue tan contundente como inequitativo. Y si algún día aspiramos a corregir los múltiples problemas e insuficiencias de nuestro sistema electoral, el dictamen de validez de esta elección debería ser un insumo básico.
La sobrerrepresentación
Por último, me gustaría enfatizar que el verdadero fraude no está en la manipulación de los resultados electorales, sino en un complejo esquema que podría permitir que Morena y sus aliados (el Partido del Trabajo y el Partido Verde) obtengan la mayoría calificada en la Cámara de Diputados. Con poco más de la mitad de los votos, el oficialismo pretende apropiarse de las tres cuartas partes de dicha cámara.
Esta pretensión quedó patente cuando la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, decidió autonombrarse autoridad electoral. A unos cuantos días de las elecciones, la secretaria acudió a la conferencia matutina para presentar una estimación de la composición del Congreso de la Unión.9 Según las cuentas de la secretaria, la coalición oficialista se quedaría con 372 diputaciones, esto es, con el 74.4 % de la Cámara.
Este espacio es insuficiente para explicar la forma en que el régimen de coaliciones ha sido explotado, en diferentes momentos, para burlar la norma constitucional según la cual ninguna fuerza política debe tener un número de diputaciones que “exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional emitida”.10 Desde hace años, en las páginas de nexos, diversos especialistas hemos dado cuenta de la forma en que se ha operado este esquema, que constituye un auténtico fraude a la Constitución.11
Tampoco me interesa ahondar en las muchas (y graves) consecuencias que tendría el que Morena y sus aliados obtengan, o estén muy cerca de obtener, la mayoría calificada en ambas cámaras. En los espacios de nexos, junto con Juan Jesús Garza Onofre,12 he expuesto las implicaciones que una situación así podría tener: Morena y sus aliados podrían de manera unilateral realizar prácticamente cualquier designación, aprobar todas las iniciativas del llamado Plan C13 del presidente López Obrador o, incluso, aprobar una nueva Constitución a golpe de reformas. Se trataría, en pocas palabras, de la muerte de casi todos los contrapesos institucionales.
Lo que me interesa enfatizar aquí es que este fraude constitucional tiene un remedio judicial. Diversos partidos políticos han anunciado que presentarán impugnaciones para que se respete lo que persigue el artículo 54 constitucional: evitar que una sola fuerza política pueda, de manera unilateral, alcanzar la mayoría calificada.14 Para ello, la Sala Superior tiene distintas alternativas, pero bien podría aplicar, simplemente, el criterio establecido en el año 2000, cuando estimó que el tope de sobrerrepresentación era aplicable también a las coaliciones.15
La decisión que tome en esta materia la Sala Superior será fundamental no sólo para la conformación del Congreso, sino para el futuro del Estado mexicano. La mayoría calificada (dos tercios de las cámaras) es la llave que abre prácticamente todos los candados que la Constitución establece para evitar la tiranía de la mayoría. Y, sobra decirlo, pero tenemos a una coalición dispuesta a arrogarse un poder casi ilimitado a fin de dinamitar los pilares de la democracia constitucional.
Aunque la jornada electoral ya pasó, el proceso electoral aún no culmina. Faltan, como he señalado, decisiones importantísimas que deberá tomar el TEPJF. Algunas servirán para constatar lo que funciona bien de nuestro sistema; otras, para evidenciar sus carencias y limitaciones. Y, una más, para definir la viabilidad de la democracia constitucional. De ese tamaño es la responsabilidad que está en manos de cinco personas: las magistradas Otálora y Soto y los magistrados De la Mata, Fuentes y Rodríguez.
Javier Martín Reyes
Investigador en el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM e investigador nacional en el Sistema Nacional de Investigadores
1 INE, 6 de junio de 2024, https://bit.ly/3XNOo83.
2 Gálvez, X., 2 de junio de 2024, https://bit.ly/3xeQ53r.
3 Gálvez, X., 2 de junio de 2024, https://bit.ly/3VNEbXu.
4 Murayama, C. “El fraude del fraude”, nexos, septiembre de 2006.
5 “Cancha dispareja”, nexos, abril de 2024.
6 En particular, véanse los informes sobre la integridad del proceso electoral 2023-2024 en: “Informes y comunicados”, ANIE.
7 TEPJF. “Dictamen relativo al cómputo de la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a la declaración de validez de la elección y a la de presidente electo”, 8 de agosto de 2018, p. 9.
8 Idem.
9 Secretaría de Gobernación, 5 de junio de 2024, https://bit.ly/3KR7RwM
10 Artículo 54, fracción V, de la Constitución.
11 Martín Reyes, J., y Garza Onofre, J. J. “La sobrerrepresentación como fraude a la Constitución”, nexos, Pacto Federal, 7 de noviembre de 2020; Murayama, C. “La trampa de la sobrerrepresentación”, nexos, abril de 2024.
12 Martín Reyes, J., y Garza Onofre, J. J. “El verdadero fraude: la sobrerrepresentación en el Congreso”, nexos, 10 de junio de 2024.
13 Para un análisis de las iniciativas presidenciales, véase el estudio coordinado por Sergio López Ayllón, Jesús Orozco Henríquez, Pedro Salazar Ugarte y Diego Valadés: Análisis técnico de las 20 iniciativas de reformas constitucionales y legales presentadas por el presidente de la República (5 de febrero de 2024), México, IIJ-UNAM, 2024.
14 Además de los textos citados, véase el artículo de Nuria Valenzuela Márquez, “El engaño está en otro lado”, Animal Político, 8 de junio de 2024.
15 TEPJF, Sala Superior, tesis LII/2002.