A los más viejos del barrio nos enseñaron, en las clases de civismo, que el Poder Ejecutivo es una cosa, el Poder Legislativo otra y el Judicial otra más. Fue tan buena la lección que desde entonces reina la convicción, compartida por tirios y troyanos, de que no podría ser de otra manera: eso es el Estado, tal es la divina trinidad del orbe público. A partir de aquí todos los esfuerzos reformistas de la transición están fundados en lo que llamaré las ontologías diferenciadas de los poderes de la República. En el contexto mexicano, esas ontologías han resultado en un arcaísmo y en un dogmatismo que limita la imaginación de la mayoría de los políticos, y más aún la de los estudiosos y opinadores en la esfera pública. En mi transición imaginaria, en mi transición deseada, en la transición tal como me hubiera gustado vivir, todo eso es un pecado mayor.
La fuente de legalidad y legitimidad del Estado mexicano es el pueblo soberano. Esto nadie lo duda, aunque su estudio (doctrinal, procedimental y fáctico) ha sido más escaso de lo que pareciera. Arnaldo Córdova entendió, quizá mejor que nadie en el siglo XX mexicano, de qué se trataba. Córdova consideró el artículo 39 de la Constitución, el que enuncia la soberanía, como “el eje central de nuestra entera constitucionalidad. Nada se entiende en el resto de nuestra Carta Magna” sin su consideración: “Es, por así decirlo, su artículo príncipe”. Y apuntó: “Curiosamente, es el artículo que menos interés despierta en nuestros constitucionalistas y en nuestros politólogos cuando intentan explicar el régimen […] mexicano”.1 A mi juicio, el artículo 39 logra una hazaña sin parangón: es al mismo tiempo garantista y rupturista, para decirlo en la jerigonza de los politólogos.
La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno.
No sé cuántas veces se invocó el 39 constitucional en la transición, fechemos ésta como la fechemos. Pero es casi seguro que esas llamadas fueron escasas y sobre todo superficiales. Como sostiene Córdova, el 39 constitucional está envuelto en un silencio sintomático porque es el artículo más incómodo de la Constitución. Un dato: el precepto conserva la redacción original de 1917 —y en realidad de 1857—.
Mi punto es que el 39 constitucional autoriza el cambio de régimen político, sin más. La Constitución no está en absoluto “blindada” contra tal emprendimiento. Ahora bien, falta nombrar la peculiaridad (anomalía, a estas alturas) que hemos normalizado: los ciudadanos (el pueblo soberano) elegimos al presidente de la República y la representación política (diputados y senadores) en boletas separadas, como si se tratara, ontológicamente (y perdón la palabreja), de dos elecciones distintas. Tal procedimiento nos parece natural; pero es sólo una modalidad asumida, si bien legítimamente, por la Constitución. Varias cosas debemos entender del paradigma presidencialista que nos domina. El presidencialismo, con sus matices, rige en nuestro continente (excepción hecha de Canadá, algunas naciones caribeñas y el caso peruano) y, salvo en Francia, Rusia y algún otro, es ajeno en buena medida a la experiencia democrática europea. Se entiende la pertinencia del presidencialismo: sustraídos los territorios americanos a la soberanía depositada en las cabezas reales de Gran Bretaña, España y Portugal, los presidentes trataron de cubrir los vacíos, reales e imaginarios, de autoridad y seguridad. Los presidentes son la encarnación de la soberanía, y eso está muy bien.
Una cosa es sostener, como lo hago, que la figura del presidente es insustituible, en tanto jefe de Estado popularmente electo y garante de la continuidad democrática en nuestra tradición republicana; otra, muy distinta, que la elección popular del presidente suponga que éste debe ser el titular y el responsable directo del gobierno. El gobierno, entendido como el ente abocado a la aplicación de un programa político, a la resolución de problemas concretos y a la interlocución permanente con la sociedad y con el mundo, puede ser, en la mejor tradición liberal, democrática y republicana, una dimensión distinta en el seno del Estado. La transición que me habría gustado, que no vi (y espero aún), es la que consagraría un presidente fuerte, de pocas y robustas funciones constitucionales (no obstante, estratégicas), y la de un gobierno (con minúscula si se quiere), que refleje, hasta donde sea posible, la composición política e ideológica de la representación política. Un gobierno de opinión, como lo llamaba Victor Hugo en la Francia de Luis Bonaparte.
Una modalidad parlamentaria para México ayudaría a dejar atrás problemas y vicios que hoy nos aquejan. Es para mí claro que en nuestro imaginario político, paranoico y desinformado con frecuencia, la función primaria asignada al Congreso es la de contrapeso del Ejecutivo. Vaya confusión. El objetivo de la representación política es otra, muy distinta: hacer leyes para perfeccionar el gobierno de las personas y las cosas, asumiendo y proyectando los valores de libertad e igualdad. Más allá de que el énfasis en los contrapesos delata un vocabulario ingenieril, es evidencia de cómo se entienden las funciones de la representación política por los teóricos y prácticos de la transición, en un sentido restrictivo, incluso chabacano: cuidarle las manos al presidente, como gusta de escribir Gabriel Zaid.
Me pregunto si el constitucionalismo mexicano y la ciencia política (dos disciplinas que hoy lucen exhaustas, aunque demasiado complacidas consigo mismas), de un lado, y los reformistas políticos sobre el terreno, del otro, en realidad idolatran en secreto aquello que detestan en público: el presidencialismo. Cuando se termine la revisión sistemática de los comentarios de los intelectuales públicos en medios escritos y electrónicos en momentos claves de la transición (por ejemplo, entre 1994 y 1997), surgirá esa fotografía: contra el presidencialismo de la Constitución, nada.

En cualquier momento de la larga transición, el régimen presidencialista fue siempre el paradigma de sí mismo. No se discutió si valía la pena conservarlo; la consecuencia fue que hemos sido testigos de su relanzamiento, legal pero mistificador y estéril, que nos ha dejado en medio de todo tipo de aporías. Porque negarnos a discutir la pertinencia del régimen presidencialista obnubiló maneras más amplias de imaginar la forma y funcionamiento del Estado mexicano. Con todos los avances (en especial en la competencia política-electoral) el presidencialismo nos dejó en el lugar ideal de los neuróticos: frente a lo Mismo. De ahí, al menos en parte, ese malhumor de los padres reales o putativos de la transición: descubrir que están donde estaban.
El balance de la transición política mexicana (un término polisémico y no acotado en el tiempo) estuvo atenazado por lo posible. Desde el punto de vista de un método (cualquiera) esta perspectiva asume que los actores han tenido un conocimiento razonable de lo posible en cada corte de los últimos sesenta o cuarenta o treinta o veinte años (según se feche la transición). Todo esto ha conducido a una situación de embudo, y no sólo para la política realmente existente, sino para el ejercicio de pensarla. Como sabemos, en México se dedicó el esfuerzo reformista a rediseñar la competencia electoral y a la consolidación de un sistema de partidos; en cambio, asuntos cruciales de las formas de la representación política y sus alcances, así como del diseño y equilibrio de los poderes públicos, es decir, de las relaciones entre soberanía, gobierno y Estado quedaron, en lo fundamental, al margen. Para decirlo pronto, se trató, cada vez que se abrió una ventana de oportunidades para la reforma, de una política de los mínimos. No niego que el cambio político conlleva riesgos —pero éste es consustancial a la democracia—. Para mí es obvio que entre la mayoría de las élites políticas y los intelectuales públicos dominó una interpretación dogmática de la noción weberiana de la ética de la responsabilidad.
Sostengo que cualesquiera que fueran los peligros asociados a la transición, éstos se exageraron, de buena o mala fe, por aquellos que tenían voz pública. Pero más importante aún, la transición estuvo sobredeterminada por un imperativo doctrinal que se confundió con el destino: conservar el régimen presidencialista. Da grima enterarse entonces de las asonadas contra los presidentes de la República, acusándolos de ejercer las potestades que los padres imaginarios de las reformas no quisieron (y tal vez ni consideraron) modificar.
En mi transición imaginaria, en especial a partir de 1997, semejante omisión de las reformas (no variar el sentido profundo de la representación política y, por tanto, del régimen presidencialista como tal) rejuveneció el modus operandi de los grupos de interés, de los tiburones de la desigualdad, en cuanto a su acceso e influencia en el presidente y las entidades gubernamentales dependientes del Ejecutivo. Mi diagnóstico es el siguiente: el presidente y el presidencialismo resultaron de manera sorprendente funcionales en medio de la liberación de la competencia partidaria por el voto (de la cual no dudo y además celebro). El presidente, en tanto líder de los diputados de su partido, y con un fuerte ascendente informal sobre los opositores vía el presupuesto, goza aún de las viejas prebendas metaconstitucionales. Es una obviedad: no tiene responsabilidad parlamentaria.
Durante la transición han regido unos a priori que desdeñaban algo atrevido, una nueva arquitectura del Estado que yaciera sin culpa sobre los cimientos de la vieja. No todo debe restaurarse, no todo debe salvarse, es el mandato de la mejor arquitectura; destruir lo viejo para crear lo nuevo es la consigna universal del viejo Fausto. Con el pretexto de los costos (que habrían sido para la clase política y los grupos de interés del capitalismo de amigos, y menos para la sociedad), la distribución de la casa republicana sigue siendo sospechosamente parecida a la de los últimos 100 y 150 años —los mismos pasillos, los mismos recibidores, las mismas habitaciones, los mismos sótanos—. Que eso pasó durante la transición, ni modo; que casi nadie quiera discutir hoy día otra arquitectura, otro estilo, otra casa, resulta preocupante. Pero la neurosis es la neurosis.
El paradigma que nos domina es el de los contrapesos. Durante la transición se ha legislado largamente sobre la autonomía y funciones de los contrapesos del presidente, marginando incluso a la representación política de algunas decisiones fundamentales. La consigna parece haber sido sustraer atribuciones al Ejecutivo y otorgarlas a colegiados (los organismos autónomos), que con frecuencia los capturan grupos de interés. Pensamiento mágico que asegura, al unísono, que consagramos el estilo gerencial en las políticas públicas, salvamos al presidente de sí mismo y mantenemos el símbolo de la investidura soberana unipersonal, omnipotente, pero desagregada de manera conveniente para tranquilidad de la sociedad civil.
La pregunta de por qué la transición mexicana no especuló con la hipótesis de mutar el presidencialismo en alguna de las formas de parlamentarismo moderno no es sólo una incógnita politológica; es una pregunta sobre el orden imaginario de la sociedad y el poder. Esta omisión es más dramática porque el oposicionismo vocal de los últimos años está fundado en una apreciación ética y estética de la Presidencia, y no en una evaluación fría, histórica y política. Las oposiciones y sus intelectuales públicos pudieron iniciar una discusión nacional en casi cualquier momento en los últimos veinte años sobre presidencialismo vis a vis parlamentarismo; prefirieron yacer, apaciblemente, confiados y esperando al presidente (o a la presidenta) bueno(a). (Ni Andrés Manuel López Obrador ni Claudia Sheinbaum son más presidencialistas que, digamos, Macron en los últimos meses).
Ya no tiene sentido arrancar nuestro análisis y hermenéutica en los tópicos, aburridísimos, del tlatoani moderno o de la presidencia imperial; dejemos esos menesteres a los antropólogos. Tal retórica, ya no es más que eso. Es inservible no sólo en el interior de las complejidades de la política nacional, sino en la perspectiva de la deriva política global. En un México pobladísimo, con una de las fronteras más complejas del orbe, en medio de una mutación colosal del presidencialismo estadunidense que nadie sabe a dónde lleva, con un sistema de seguridad y cooperación internacional absolutamente en ruinas, mejor despidámonos de la “transición” mexicana, que a mi juicio terminó en 2018 y cuyo más sentido (y perfecto) epitafio lo escribió Ernesto Zedillo, recién. Ya no es hora de transitar a ningún lado; es momento de fundar. Hay un nuevo mundo por descubrir y habitar.
Ariel Rodríguez Kuri
Historiador e investigador en El Colegio de México
1 Córdova, A. “Artículo 39”, en Derechos del pueblo mexicano: México a través de sus constituciones, Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, M. A. Porrúa, México, 2000, vol. 6, pág. 15. He abordado el tema con amplitud en mi texto “Artículo 39: la promesa, sólo la promesa”, en Cien ensayos para el centenario. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tomo 1, Estudios históricos, UNAM, IIJ, Ciudad de México, 2017.