Los abogados de México cuentan un chiste que, como todo en la profesión, lo deja a uno con la duda de si lo apropiado sería reír o llorar: de todo lo que uno aprende en la carrera de Derecho, la mitad se olvida y la otra mitad se reforma. El problema es que, como también suele pasar en el gremio, uno nunca sabe dónde termina la hipérbole bromista y dónde empieza la descripción de la realidad. Y es que, en nuestro país, la Constitución cambia tanto y con tanta frecuencia que la teoría y la práctica que uno aprende como estudiante de leyes con frecuencia queda obsoleta para cuando uno por fin obtiene el título que otorga el dudoso honor de poder ostentarse como licenciado en Derecho.
Imagino, otra vez sin saber si reír o llorar, lo que sintieron los primeros graduados en leyes del México independiente, cuando la Constitución de 1824, promulgada hace casi exactamente dos siglos, fue derogada apenas diez años después de entrar en vigor; o una década más tarde, cuando las Siete Leyes que la reemplazaron fueron a su vez abolidas en favor de una versión reformada de la versión original; o seis años después, cuando esta nueva-vieja norma suprema fue suspendida por segunda ocasión; o cuatro años más tarde, cuando la primera Constitución fue reemplazada, ahora sí de forma definitiva, por otra Constitución. Para entonces nuestros graduados imaginarios ya serían viejos, por lo que es seguro que la mayoría no vivió lo suficiente para enterarse de que, sesenta años después de que fuera promulgada en 1857, la nueva Constitución sería derogada —¡también!— en favor de una nueva-nueva Constitución.
Hasta este punto es posible que nuestros graduados hayan corrido con suerte: no me sorprendería que si pudiéramos resucitar a uno de esos infelices decimonónicos, se volvería a morir apenas se enterara de que la nueva-nueva Constitución ha sido modificada en no menos de doscientas ocasiones, a veces de forma tan radical que bien podríamos hablar de una nueva-nueva-nueva Constitución. Estoy seguro de que las últimas palabras de nuestro infortunado jurista serían una queja parecida a la que hoy se escucha en los pasillos de cualquier facultad de Derecho de México: ¿cómo se supone que uno practique la abogacía en un país donde la norma que sirve de fundamento para nuestra profesión muta, como un tumor canceroso, según los caprichos de quien sea que esté en el poder?
Escribo estas líneas a finales de septiembre de 2024: un mes patrio que pasará a la historia por haber concebido una de las noches más oscuras que ha padecido el constitucionalismo mexicano. La conjura de destructores que hoy ostenta una mayoría holgada en el Congreso de la Unión y de una casi mayoría pírrica en el Senado de la República decidió, por sus pistolas, celebrar el bicentenario de nuestra primera Constitución despreciando sus valores más elementales y valiéndose de artimañas, chantajes y amenazas para forzar la aprobación de una reforma autoritaria que, entre otras cosas, garantiza que la teoría y la práctica que uno aprendió en la facultad de Derecho quedará —¡otra vez!— obsoleta.
La coincidencia del aniversario del ordenamiento de 1824 y lo que bien podría ser el fin de aquél de 1917 plantea una pregunta inquietante: ¿cuáles son las causas de la inestabilidad del orden jurídico nacional? Para ensayar una respuesta, quisiera echar una mirada a uno de los primeros eslabones en la larga cadena de procesos a través de los cuales la norma suprema se cristaliza en la realidad material: la manera en la que se enseña, aprende y socializa la Constitución. En otras palabras: quiero hablar sobre la (mala) educación de los abogados de México.

Educados según un modelo de enseñanza del derecho constitucional que se basa en la memorización de leyes y en la exaltación de dogmas arcaicos, quienes practican la profesión jurídica en México transitan entre una maraña de absurdos rituales que resulta incomprensible para quienes no han sido iniciados en la arcana abogadil. Estas tradiciones son producto de la costumbre y sus inercias, pero sobreviven porque sirven a los intereses del gremio: gracias a ellas, quienes pasaron por una facultad de Derecho terminan por monopolizar los alcances de esta disciplina, a tal grado que tanto gobernantes como gobernados con frecuencia prefieren desentenderse de todo lo que apeste a legalidad y mejor dejarse guiar por la arbitrariedad. Nuestro orden constitucional resulta tan imprevisible y remoto que parecería que los propios abogados, antes que fomentar conductas rectas y actitudes apegadas a derecho, buscan aprovecharse de este caos: al convertir al derecho en un laberinto cuyo mapa sólo conocen los iniciados en el arte de creerse indispensables e inventar incentivos para que la gente prefiera ahorrarse el tránsito por el laberinto y se vaya por la libre.
Con más de 2500 escuelas de Derecho en todo el país —la carrera de leyes sigue siendo una de las que tiene mayor demanda entre los jóvenes mexicanos— la obtención de un título de abogado resulta un mero trámite. A la hora de la verdad, importa muy poco que las instituciones educativas se tomen en serio la tarea de certificar que sus graduados posean los conocimientos, habilidades y valores que sus profesores intentan transmitirles durante un puñado de años de estudio, pues en un mercado profesional tan vasto siempre existirá alguien dispuesto a distorsionar cualquier norma en favor de sus propios intereses o de aquéllos de sus clientes. Bien decía Miguel Ángel Granados Chapa que, para ser abogado, sólo hace falta inscribirse y no morirse.
En un contexto en el que la profesión jurídica ha sido desregulada de forma casi absoluta y en el que la oferta de abogados excede por mucho a la demanda por sus servicios, los alicientes para que quienes practican el derecho se aseguren de actualizar sus conocimientos ante los muy frecuentes cambios a las leyes fundamentales resultan ínfimos. En México es prácticamente imposible que se sancione a un licenciado en Derecho por malas prácticas o conductas indebidas. Mientras uno sepa jugar —o por lo menos aparentar que sabe jugar— el juego que exigen las dinámicas gremiales, poco importa lo que uno haga o deje de hacer. No por nada se suele decir, adaptando el dicho sobre los ladrones, que abogado una vez, abogado toda la vida.
Sin ir más lejos: hoy, una alegada licenciada y doctora en Derecho que, al menos por los próximos meses, ostenta todavía el cargo de ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación —es decir: una de las once personas autorizadas para interpretar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos— goza de total impunidad después de que se descubrió el plagio no sólo de la tesis que presentó para obtener su licenciatura por la Universidad Nacional Autónoma de México, sino también el de la disertación doctoral que defendió ante la Universidad Anáhuac. Frente a esta prueba fehaciente de que no hace falta saber nada para alcanzar la cumbre de la profesión, ¿qué sentido tiene, para un abogado de a pie, volver a abrir un libro después de salir de la universidad, interesarse por teorías jurídicas novedosas o ya de perdida estar al pendiente de las incontables reformas al orden legal que entran en vigor un día sí y el otro también? ¿Para qué sirven los esfuerzos intelectuales y la integridad ética, si se puede vivir mucho mejor acoplándose a ciertos atavismos que siendo buen abogado?
Ante una abogacía paradójica, abusiva y al mismo tiempo acomodaticia, y ante un gremio que favorece el oscurantismo y la opacidad para proteger sus intereses incluso por encima de la justicia, resulta natural que la ciudadanía desconozca por completo los detalles —ya no se diga las posibles consecuencias, sean buenas o malas, intencionadas o accidentales— de las modificaciones a las normas con las que el legislador pretende, uno supone, mejorar las condiciones de vida de los mexicanos. Así, mientras que los constituyentes actuales no se cansan de codificar nuevos derechos en la Constitución, las personas de a pie con frecuencia ni siquiera se enteran de los cambios a la norma suprema, pues el impacto de estas reformas en su vida cotidiana es casi siempre tan azaroso como improbable.
Esta creciente brecha entre la ley y la realidad se debe a dos factores interrelacionados pero independientes entre sí. El primero es de índole jurídica-política: la sacralización de la ley en México, junto con el fetichismo constitucional que padecemos desde hace décadas o incluso siglos, ha derivado en la creencia —errónea, obviamente— de que basta con cambiar las normas para transformar al país. Al estar todos convencidos de que la Constitución es una suerte de libro de Próspero, lleno de hechizos que permiten deshacer entuertos con sólo repetir una fórmula y agitar una varita mágica, todos los presidentes y todas las legislaturas de la historia reciente han caído presas de la tentación de dejar su impronta en el grimorio constitucional, para luego alzarse el cuello y presumir logros que resultan, por usar un eufemismo, difíciles de constatar.

Así, resulta fácil —mejor: barato— incluir en la Constitución cualquier tendencia global de moda. Por ejemplo: el derecho al acceso a las tecnologías de la información, incluido el internet de banda ancha (faltaba más), el derecho al deporte (que, es bien sabido, basta para suplir la falta de instalaciones deportivas o de educación física) o el derecho a la movilidad en condiciones de seguridad vial (que, como también es bien sabido, basta para abolir de un plumazo los accidentes de tránsito, lo mismo que los retenes de narcotraficantes, paramilitares, autodefensas y demás). No obstante, en lo que toca a la legislación secundaria que especificaría los alcances y límites de tales derechos, del presupuesto público requerido para hacerlos efectivos y de la creación o fortalecimiento de las instituciones públicas necesarias para garantizarlos, el ímpetu de nuestros representantes queda pendiente.
El segundo factor es de corte temporal, pues desde hace años se ha destacado que pocas constituciones en el mundo han sido sometidas a enmiendas tan constantes como la mexicana. Al confundir la necesidad de actualizar el texto constitucional con endebles remedios cortoplacistas y redituables en términos electorales, la clase política mexicana ha dado muestras de estar convencida de que cambiar por cambiar la Constitución es en sí mismo positivo para la nación.
Al considerar esta serie de parches improvisados sobre la marcha y sin planear, la contradicción entre fetichismo e hiperreformismo constitucional se vuelve evidente. Como resultado, la ciudadanía no alcanza siquiera a identificar sus derechos, menos aún cómo ponerlos en acción, pues si bien el procedimiento para aprobar una reforma constitucional es en teoría estricto y oneroso, las más de setecientas alteraciones que a la fecha ha sufrido la Constitución de 1917 demuestran que, en la práctica, no lo es tanto.
Hasta febrero de este año, de los 136 artículos que conforman nuestra Carta Magna vigente, tan sólo diecinueve conservaban su redacción original. En términos abstractos esto debería ser causa para celebrar, pues se esperaría que en la actualidad la ciudadanía mexicana gozara de más derechos y mayores libertades, así como que la velocidad con la que cambia el mundo se viera reflejada en la Constitución. Que tantas transformaciones normativas ocurran de forma presurosa y sin maduración, sin embargo, conlleva un inevitable desfase entre el texto constitucional y el contexto de la nación; desfase que a su vez implica que los cambios en la norma no se reflejen. En vista de que hace falta tiempo para que tales innovaciones se apliquen y financien a través de políticas públicas más allá de la coyuntura, es común que otra legislatura esté en el poder y que una nueva administración sea la encargada de implementarlas. Y esto, como hemos visto en los últimos sexenios, significa que las reformas de un gobierno dependen por completo de la voluntad y visión de gobiernos que no siempre concuerdan con sus predecesores. De esa manera, la Constitución deja de ser una norma suprema para desfondarse entre las prisas de un constituyente irresponsable y sin compromisos de largo plazo con la sociedad que pretende representar.
Frente a este desastre y frente a esta carencia de cultura constitucional, la reciente reforma judicial promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador y sus acólitos en Morena —una reforma enfocada en el desmantelamiento del poder del Estado encargado de proteger a la ciudadanía de violaciones a los derechos constitucionales— empeora un panorama que ya de por sí era desolador. Así las cosas, la respuesta a la pregunta central de este ensayo —¿qué pasa con la práctica jurídica mexicana cuando hay tantos cambios constitucionales tan constantemente?— se antoja indiscutible: frente a la inestabilidad jurídica de nuestro reformismo, la Constitución deja de ser un acuerdo mínimo entre todas las fuerzas políticas, que sirve para limitarlas, y pasa a convertirse en un referente simbólico a merced de los poderosos del día.
Antes que buscar responsables de este desprecio por la legalidad y el Estado de derecho, sin embargo, cabe recordar que la historia constitucional de México es, en el fondo, poco más que un cúmulo de complicidades e indiferencias compartidas entre constitucionalistas, el gremio de quienes ejercen la abogacía y representantes populares. Todos los integrantes de estos grupos, en mayor o menor medida, hemos sido partícipes, artífices o cómplices de este desarreglo institucional; de endiosar una idea de Constitución que nunca tuvo sentido excepto en las mentes de una escasa minoría que, durante los últimos treinta años, pretendió adjetivar la endeble democracia con una palabra que le quedaba y le queda aún muy grande: constitucional.
En estos días, en los que al parecer no hay nadie ni nada capaz de contener a una mayoría embriagada de poder —que ha ido cooptando los contrapesos al ostentarse como la única voz autorizada del “pueblo” y que incluso se da el lujo de ignorar las suspensiones y sentencias dictadas por el Poder Judicial— presenciamos el inicio de un periodo de incertidumbre jurídica y retrocesos institucionales. El daño está hecho y el quebranto constitucional fraguado: somos testigos, en tiempo real, de la claudicación del derecho frente a la política o, más bien, frente a la politiquería. Lo peor es que, en el mediano plazo, será difícil revertir esta catástrofe con meras modificaciones legislativas o acaso con una contrarreforma constitucional. Hacerlo sería, paradójicamente, confundir el remedio con el mal.
Juan Jesús Garza Onofre
Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y profesor de Filosofía del Derecho en el ITAM