INE: La cadena de confianza

La organización de toda elección implica seguir una serie de pasos y procedimientos técnicamente complejos que deben cumplirse puntualmente. De ello depende que esos comicios puedan ser considerados íntegros y auténticos y que sirvan para dotar de legitimidad a los gobiernos y a los órganos de representación política que se eligen, condiciones ambas que son indispensables para permitir que la renovación del poder público ocurra de manera pacífica y respetuosa e incluyente del pluralismo político que caracteriza a las sociedades modernas.

En el caso mexicano, esos pasos y procedimientos se establecieron a través de una serie de reformas electorales que, desde 1990, se fueron concretando con el propósito de, por un lado, ir resolviendo problemas, necesidades, y de ir mejorando las condiciones de la competencia pero, por el otro, también de ir inyectándoles confianza y credibilidad a las elecciones. La idea fue que, a partir de la claridad de las reglas y de la previsibilidad de los pasos que deben seguir las autoridades para construir una elección, pudiera inyectarse la transparencia y certeza que requieren los comicios para ser verdaderamente democráticos.

Ésa ha sido la clave que ha permitido que, desde la última reforma electoral en 2014 (de la que surgió el Instituto Nacional Electoral como autoridad de carácter nacional encargada de garantizar la calidad técnica y las garantías institucionales en todos los comicios, federales o locales, en el país), las elecciones hayan dejado de ser un problema y no se haya producido un solo conflicto postelectoral, con lo que estos nueve años son el periodo más largo de nuestra historia en términos de estabilidad política y gobernabilidad democrática. La certeza con la que se han realizado esas elecciones ha contado, y mucho, para ello.

Por eso, de cara a las elecciones de 2024, que serán las más grandes de nuestra historia (tanto por el potencial número de votantes como por la inédita cantidad de cargos públicos electivos en disputa) y, probablemente, las más complejas que hayamos tenido, desde la sociedad, la academia y la opinión pública habrá que exigirle al Instituto Nacional Electoral (INE), una vez más, que todos los pasos y los procedimientos de los que dependerá la certeza y la confiabilidad de esos comicios se cumplan. La reciente renovación parcial del Consejo General del INE no puede ser un pretexto para mermar la calidad técnica y la confianza que han caracterizado a las elecciones.

Ilustración: David Peón
Ilustración: David Peón

Esa serie de procedimientos y garantías constituyen una secuencia de mecanismos que, en conjunto, tiene el propósito de inocular la desconfianza y de inyectarles credibilidad a los comicios. Por eso será importante que, a partir de un seguimiento puntual al proceso electoral, se verifique el cumplimiento pleno y oportuno de cada uno de los eslabones de esa “cadena de confianza”, como el INE comenzó a llamarla desde 2017. Para tal efecto, vale señalar y explicar brevemente cada uno de ellos:

1. Independencia y autonomía institucional. Una de las principales conquistas de nuestra democratización fue, precisamente, sacar la organización de las elecciones de la órbita gubernamental como una garantía básica de que todos los contendientes tendrían el mismo trato y que los derechos políticos de la ciudadanía serían respetados; en primer lugar, el derecho a que el sentido de los sufragios emitidos sea puntualmente contabilizado. Se trata de una condición básica del funcionamiento de toda democracia.

2. Suficiencia presupuestal. El trabajo de los organismos encargados de la organización y del arbitraje de las elecciones no debe verse comprometido por la carencia de presupuesto. Los procesos que esas autoridades deben desplegar para organizar una elección son, en ocasiones, onerosos, pero de su efectiva concreción depende la integridad de los comicios y, por ende, la certeza y credibilidad de los resultados. Las elecciones auténticas y democráticas implican que las reglas y los procesos que se han fijado para su realización se cumplan puntualmente; obviar alguno de ellos por alguna razón, incluida la insuficiencia presupuestal, puede provocar costos incalculables en términos de estabilidad política y paz pública.

3. Ciudadanización de los órganos electorales. En México todas las decisiones relacionadas con la organización de las elecciones son tomadas por órganos integrados por personas que no pertenecen a algún partido o algún gobierno y que, por lo tanto, no persiguen en su función una intención o beneficio político en particular. Dichos órganos son designados en cascada, los miembros no partidistas del Consejo General del INE designan a personas con un prestigio y reconocimiento estatal como integrantes de los 32 Consejos Locales, quienes a su vez nombran a las ciudadanas y a los ciudadanos que componen cada uno de los 300 Consejos Distritales. Éstos, por su parte, son los responsables de definir el número y ubicación de cada casilla, así como de designar, siguiendo los procedimientos fijados por la ley para tal propósito, a quienes integrarán esos órganos en los que se recibe y se cuenta el voto de la ciudadanía.

4. Profesionalización de la función electoral. Así como las decisiones son tomadas por ciudadanos que no son profesionales de la función electoral y que sólo se involucran con la misma durante los procesos electorales, las tareas ejecutivas y técnicas están en manos de un conjunto de funcionarios de carrera que componen el Servicio Profesional Electoral Nacional. Se trata de un cuerpo de servidores públicos especializados en las funciones sustantivas de la organización de las elecciones: integración del padrón de electores y su geolocalización en el territorio, organización, capacitación electoral y tareas de soporte jurídico y administrativo de un proceso electoral.

5. Vigilancia partidista permanente. No hay una sola decisión que se tome por algún órgano del INE que no esté permanentemente vigilada por los representantes de los partidos políticos, quienes participan en la discusión que antecede a todas esas decisiones en los Consejos del Instituto. Además, todos los partidos tienen derecho a contar con representantes en cada casilla, quienes reciben una copia de cada una de las actas que se levantan durante la jornada electoral para constatar la legalidad de todo resultado.

6. Posibilidad de impugnar todo acto del INE. Los partidos políticos y la ciudadanía pueden presentar recursos jurídicos para recurrir cualquier decisión del INE que consideren contraria a derecho ante las Salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, mismas que resuelven en definitiva dándoles certeza a todos los actos jurídicos que componen una elección.

7. Definitividad de las etapas del proceso electoral. La ley prevé que luego de que hayan pasado los plazos para impugnar las decisiones del INE o cuando éstas se hayan impugnado y los recursos se hayan resuelto, esas decisiones son firmes y definitivas, es decir —en principio— que ya no pueden modificarse, dándoles sustento y certeza a todos los actos posteriores.

8. Padrón electoral confiable e íntegro. El principio democrático de “una cabeza, un voto” sólo puede garantizarse si se cuenta con un listado de votantes incluyente y depurado en donde cada ciudadano tiene su propio registro que le permite a la autoridad electoral identificarlo y ubicarlo territorialmente para garantizar que en una elección cada votante cuente con una boleta para cada cargo público que se va a elegir (y no más de una boleta) esperándolo en la casilla que le corresponde (y no en otro lugar). El Padrón Electoral y el Listado Nominal (la lista de electores que no sólo se han inscrito en el padrón, sino que cuentan con su credencial para votar con fotografía actualizada) que se desprende del primero que tenemos en México, dado que es un instrumento que se actualiza y depura permanente y diariamente (y no sólo de cara a cada votación) es uno de los instrumentos registrales con mayor cobertura y actualización de todo el mundo, inyectando un altísimo grado de confianza a nuestras elecciones.

9. Insaculación de ciudadanos que integran las Mesas Directivas de Casilla. La ley dispone que en cada elección el INE debe sortear al 13 % del total de ciudadanos que están inscritos en el Listado Nominal para que, luego de visitarlos en sus domicilios (hablamos de un trabajo de campo que en una elección federal rebasa ¡12 millones de visitas domiciliarias! en apenas unas semanas) para notificarlos y capacitarlos, de entre ellos se escojan a cerca de 1.5 millones de personas que actuarán como funcionarias de las casillas electorales, es decir: serán las encargadas de recibir y contar los votos de sus vecinos. La idea es que los votos sean contados por ciudadanos de a pie, garantizando con ello la imparcialidad necesaria en el recuento de los sufragios.

10. Mecanismos de información permanentes. Una tarea tan compleja como organizar una elección en un ámbito territorial tan grande como el de nuestro país requiere de un conjunto de sistemas de información que le permitan al INE saber en tiempo real qué está pasando, particularmente durante las etapas en las que realiza el despliegue en el campo (la capacitación de millones de ciudadanos para ser funcionarios de casilla, la logística con la que se distribuye el material electoral y el día de la jornada electoral durante la instalación, funcionamiento, cierre de las casillas y el delicado traslado de los paquetes electorales de regreso a sus instalaciones). Para ello se han construido diversos sistemas informáticos que les permiten al INE y a las representaciones partidistas tomar decisiones oportunas para enfrentar cualquier incidente.

11. Mecanismos para garantizar la secrecía del sufragio, evitar el doble voto y la suplantación de los votantes. Viniendo de una larga historia de fraudes electorales, se han adoptado una serie de mecanismos que impiden que una persona vote dos veces, que alguien sea suplantado como votante, que vote alguien que no tiene derecho y que el sufragio se ejerza de manera libre. Parte de este entramado de mecanismos son la credencial para votar con fotografía, el Listado Nominal que incluye la fotografía del elector, el que la credencial deba marcarse luego de votar, el uso de tinta indeleble en el dedo de los votantes, que los talones de las boletas estén foliados para tener un preciso control de su número, que las actas de resultados tengan papel copiante y todas su copias sean idénticas, que las boletas estén impresas en papel seguridad y con múltiples controles, que el voto se emita con marcadores imborrables, que las urnas sean transparentes para ver su contenido y el uso de mamparas electorales que garantizan la secrecía del voto.

12. Mecanismos preliminares de resultados electorales. El INE dispone, además, de mecanismos que permiten conocer información preliminar de los resultados apenas unas horas después de cerrada la votación, hasta en tanto se realizan los cómputos legales de los votos días después de la elección. Por un lado, el Conteo Rápido arroja de manera muy precisa cuáles son las tendencias de votación que tuvo cada candidatura, así como el índice de participación, a través de un mecanismo estadístico de alta precisión. Por otro lado, el Programa de Resultados Electorales Preliminares reproduce los resultados asentados por los funcionarios de casilla en las actas de escrutinio y cómputo y permite que cualquier persona a través de internet pueda cotejar esos resultados con la imagen de cada una de las actas que son incorporadas al sistema.

13. Cómputos distritales con amplias posibilidades de recuento. El miércoles posterior a la elección, el INE realiza los cómputos legales de los votos en todas las sedes distritales del instituto con la presencia de los representantes de todos los partidos políticos. En los mismos se suman los resultados asentados en las actas de cada casilla y, si existe alguna duda, pueden volver a recontarse todos los votos para despejar cualquier sospecha de alteración de los resultados. La experiencia arroja que alrededor del 60 % de los votos son recontados durante estos cómputos.

14. Fiscalización de las precampañas y de las campañas. Los partidos y los aspirantes a un cargo de elección popular están obligados a informar al INE, en tiempo real, todos los ingresos y gastos que realicen en sus actividades de proselitismo durante las precampañas (los procesos internos para definir sus candidaturas) y las campañas electorales para que éstos sean revisados por el Instituto y así constatar que los límites y prohibiciones fijadas por la ley sean respetados. Para ello el INE ha construido un sistema informático en el que se debe reportar toda esa información (incluidos los recibos y facturas que sustentan toda operación) y ha establecido mecanismos de monitoreo de la propaganda electoral y de las actividades de proselitismo para poder detectar cualquier omisión y, en su caso, imponer las sanciones correspondientes.

15. Posibilidad de presentar quejas y denuncias. Finalmente, los partidos, candidaturas y cualquier ciudadano en general pueden presentar ante el INE quejas por violaciones cometidas al marco legal para que éstas sean investigadas y, después, sancionadas. Con ello se busca que, gracias al arbitraje del INE y del Tribunal Electoral (que es la instancia ante la que puede impugnarse cualquier decisión del Instituto con la que no se esté de acuerdo), la elección se conduzca dentro de los cauces establecidos del juego democrático.

Este conjunto de mecanismos constituye la base sobre la cual se construye la integridad de las elecciones mexicanas y nos ha servido para tener elecciones confiables y con resultados aceptados. Todos ellos son el resultado de la lucha por construir confianza y evitar la indebida manipulación de los resultados. Su operación en conjunto sirve para impedir que se cometan fraudes electorales y por eso deben ser valorados y cuidados como las bases sobre las que hemos construido elecciones democráticas y como la garantía para evitar regresiones autoritarias.

 

Lorenzo Córdova Vianello
Investigador del IIJ-UNAM

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Publicado en: 2023 Octubre, Agenda