La legitimación de los nuevos juzgadores

Este septiembre los juzgadores designados por las elecciones realizadas el pasado 1 de junio, mediante un proceso cuestionado desde su concepción, su implementación y hasta su ejecución, comienzan a ejercer sus funciones. La suma de errores, faltas, amenazas, excepciones e irregularidades de la reforma judicial afectó su legitimidad. Al presentar la iniciativa de reformas constitucionales el 5 de febrero de 2024, López Obrador ocultó los motivos para destituir a buena parte de la judicatura nacional. Para cumplir sus deseos, senadores y diputados del oficialismo dijeron y votaron lo que fuera y como fuera necesario. La mayoría de los consejeros del Instituto Nacional Electoral y los magistrados del Tribunal Federal Electoral hicieron lo indecible para obedecer las órdenes originarias de ese jefe.

Existe información veraz sobre las irregularidades de todas y cada una de las etapas del proceso que comenzó con la iniciativa del entonces presidente y culminó con la entrega de constancias electorales. En ese arco temporal y material hubo mentiras sobre las causas de la impunidad, el origen social de los juzgadores, sus niveles de corrupción o su cercanía con los grupos de poder. Hubo parcialidad en las invitaciones y cancelaciones a los foros para discutir la reforma, así como en las conclusiones alcanzadas. Hubo también irregularidades en los dictámenes legislativos, coacción del voto para alcanzar mayorías y dispensas de trámites. Hubo delegación de competencias de los órganos legislativos con mayor representatividad —cámaras de Diputados y Senadores— en un órgano administrativo —el Instituto Nacional Electoral—. Hubo comisiones de selección que se concibieron a sí mismas como autónomas y por encima del orden jurídico. Hubo tómbolas, listas secretas y personas coladas o no supervisadas. Hubo transformaciones de circuitos judiciales en distritos electorales y curiosas reducciones de lo nacional a lo local. Hubo acordeones impresos y electrónicos para hacer coincidir los nombres de los favoritos con el de los electos. Hubo imposibles tasas de votación, boletas sin cancelar y boletas que no se colocaron en las urnas. Hubo denuncias presentadas en el Instituto Nacional Electoral por la mitad de sus integrantes que la otra mitad ignoró.

Víctor Solís

Cada una de las violaciones cometidas fue impugnada. Las oposiciones legislativas lo hicieron en las cámaras de Diputados o Senadores, y luego ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Los jueces y magistrados federales, ante otros juzgadores. Los partidos promovieron acciones de inconstitucionalidad sobre las leyes aprobadas. Los candidatos excluidos hicieron valer los recursos a su alcance. Distintos grupos ciudadanos aportaron sus argumentos en los juicios que estaban transcurriendo. Juzgadores, candidatos y partidos impugnaron las decisiones del Instituto Nacional Electoral. Nada de todo lo cuestionado tuvo éxito. Los legisladores del oficialismo, los comités oficiales, los ministros oficialistas y los tres oficiosos integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral hicieron lo necesario para sostener y validar los procesos legislativos y electorales.

El sistema actuó sobre sí mismo para sellar todo lo hecho a lo largo de varios meses. Los argumentos expuestos en las sesiones de la Suprema Corte de Justicia, del Instituto Nacional Electoral y de la Sala Superior del Tribunal Electoral evidenciaron las dificultades para producir un resultado mínimamente coherente con piezas jurídicas incompatibles entre sí. Como expresión de cierta justicia poética, los funcionarios interesados se mostraron a sí mismos en su intento de justificar violaciones procedimentales, cambios estructurales o el abandono de precedentes vinculantes. Al final, sin embargo, las mayorías oficiales, oficialistas y oficiosas votaron y dieron por bueno tanto lo bien hecho como lo mal hecho.

A diferencia de lo que sus creadores e impulsores concibieron, ni la reforma ni la elección les otorgaron una legitimidad originaria a los nuevos juzgadores. Las urnas no les transfirieron el poder popular representado en los 35 millones de votos que recibió la presidenta en 2024 ni las celebradas cualidades del así llamado “mejor presidente de México”. Por el contrario, la acumulación de irregularidades para realizar las elecciones y para darlas por buenas lastimó la credibilidad de los nuevos juzgadores. También lo hizo el que únicamente votara el 13 % del padrón electoral y el que casi una cuarta parte de los concurrentes anularan su voto.

Si la elección judicial no produjo la esperada legitimación de la reforma judicial y de los juzgadores electos, ¿en dónde y cómo es que una y otra la encontrarán más allá de las circulares autorreferencias oficialistas? ¿Qué le conferirá legitimación a la reforma, los procesos electorales y los nombramientos judiciales ante el estrepitoso fracaso de una elección diseñada para justificar la existencia de un nuevo Poder Judicial en clave popular?

Si los nuevos juzgadores no pueden apelar a la legitimación de la frustránea elección, a la instrumentalidad de sus actuaciones para con un proceso autodenominado transformador, ni a la devoción o subordinación a personas concretas, ¿a qué elementos recurrirán para mostrarse y mostrarnos la justificación de las reformas, la validez de sus actuaciones y la dignidad de sus personas en tanto juzgadoras?

En su caso y paradójicamente, todas esas cuestiones habrán de justificarse mediante el actuar de los juzgadores electos en sus cargos. Dado que la razón de ser de la reforma constitucional fue que los juzgadores eran lentos, corruptos, parciales, ignorantes, nepotistas y tantas otras cosas más, los nuevos juzgadores no deberían incurrir en ninguno de esos vicios. Por el contrario, su persona y sus actuaciones deberán caracterizarse por su rapidez, honestidad, imparcialidad, conocimientos y demás antónimos a los dichos de las iniciativas y los dictámenes. Como el argumento de la elección fue la necesidad de acercar a los jueces a la ciudadanía, deben tener conductas personales y actuaciones judiciales empáticas y cercanas.

A fin de cuentas, la legitimidad de las reformas constitucionales y legales, de las acciones de la autoridad electoral, así como de las elecciones y sus resultados, pasará por la legitimación que los nuevos juzgadores adquieran al ejercer sus cargos. A partir de este 1 de septiembre no podrán decirnos que son legítimos por provenir de una reforma constitucional atropellada e irregular. No podrán decirnos, tampoco, que provienen de una elección copiosa y ejemplar, dado que no lo fue. Menos aún podrán decirnos que se deben a tal o cual persona o grupo de poder, pues su imparcialidad quedaría destruida. Difícilmente podrán decirnos que se deben a sus electores, pues eso implicaría reconocer que son éstos los que determinan sus actuaciones y no las leyes emitidas por el legislador.

Para lograr su legitimación, los juzgadores tendrán que ser juzgadores. No herederos, instrumentos, representantes, emisarios, cercanos o empleados de nadie. Sea este nadie un presidente o presidenta de la República, un partido político, unos inversionistas, un grupo delictivo, un despacho de abogados o un entusiasta grupo de apoyo más o menos ciudadano.

Lo propio de un juzgador es conocer y resolver los casos y las controversias que le sean sometidos conforme a las normas vigentes en el correspondiente orden jurídico. Por elemental que parezca, y con independencia de las maneras en las que se comuniquen, lo único que sustenta la actuación de los jueces son sus resoluciones y sentencias. Lo único que sustenta a éstas últimas son las normas jurídicas existentes, así como las interpretaciones y los argumentos emitidos para darles aplicación y sentido. La legitimación de jueces proviene de la manera en que actúan y se muestran en las resoluciones en las que constan sus actuaciones. También, de la consistencia con la que resuelven casos semejantes a partir de decisiones precedentes.

Los juzgadores que comienzan a actuar a partir de este 1 de septiembre en cada una de las graves posiciones judiciales para las que fueron electos, habrán de legitimarse mediante las resoluciones que emitan. Al hacerlo o no hacerlo, también determinarán la legitimidad de la reforma constitucional y del proceso electoral que les permitió ocupar sus cargos. Llegó el momento en el que ellos y sólo ellos darán cuenta de quiénes son, de las razones por las que están ahí y de la validez de todo lo que cambió para permitir su llegada.

José Ramón Cossío Díaz

Ministro en retiro. Es miembro de El Colegio Nacional y profesor en el Tecnológico de Monterrey.