La estrategia de defensa en torno a Arturo Zaldívar parte de que las eventuales faltas del exministro no pueden ser perseguidas. Señala que el Consejo de la Judicatura Federal no tiene competencia para desahogar y establecer sanciones a estos ejercicios y, por eso, tales denuncias sólo tienen tintes políticos y no un verdadero interés jurídico. El argumento es falaz, un dardo retórico para enturbiar la conversación pública y contaminar una investigación inédita.
En el documento filtrado hace unas semanas se anota que el Consejo de la Judicatura no tiene competencia en la investigación de las varias denuncias contra el ministro en renuncia. Esto ha llevado a pensar que el Poder Judicial en su conjunto no puede, o peor aún, no debe investigar, perseguir y, en su caso, sancionar las faltas administrativas.
Pero hay que decirlo con claridad: hay competencia, hay procedimiento, hay posibilidad de sanciones y, más aún, hay obligación del Poder Judicial de la Federación de no permitir que la comisión de dichas faltas quede impune.

En primer lugar, debemos recordar que los ministros y las ministras de la Suprema Corte son servidores públicos y, por tanto, son sujetos de responsabilidades administrativas, como se señala en el artículo 109, fracción III de la Constitución: “Se aplicarán sanciones administrativas a los servidores públicos por los actos u omisiones que afecten la legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia que deban observar en el desempeño de sus empleos, cargos o comisiones”.
Ahora bien, ¿quién debe sancionar? Ese aspecto clave también se encuentra en la ley: en el artículo 11, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, fruto por cierto de la reforma judicial de Zaldívar. “El Pleno de la Corte está facultado para “resolver y, en su caso, imponer las sanciones correspondientes, respecto de las faltas de las y los ministros…”. El anuncio hecho hace unos días de que será este Pleno quien conozca las múltiples denuncias hechas en contra del ministro en renuncia y varios de sus colaboradores no es más que la reiteración de que el procedimiento se hará conforme a derecho. Asunto no menor en los tiempos que corren.
Cabe precisar, en respuesta a quienes señalan de manera incorrecta que la Suprema Corte carece de atribuciones para sancionar a Zaldívar porque él ya no forma parte del Poder Judicial, que la ley puntualmente establece un periodo de siete años posteriores al término del cargo —incluso si éste concluyó de manera irregular, como es el caso— para desahogar cualquier asunto pendiente. La razón es obvia: si no existiera un tiempo razonable para resolver y sancionar acciones realizadas por los ministros durante el tiempo que ejercieron el cargo, en los hechos sería darles un pase automático a la impunidad.
Aunque no existe un procedimiento específico para procesar una trama de corrupción y extorsiones como la detallada en el acuerdo de inicio de investigación —así como no existía uno específicamente para investigar y sancionar el presunto plagio de la tesis de licenciatura de una ministra—, sí existen disposiciones generales que regulan el procedimiento de responsabilidades administrativas dentro del Poder Judicial de la Federación.
El título séptimo de la Ley Orgánica del Poder Judicial regula el procedimiento de responsabilidades administrativas: desde las funciones de las contralorías internas y las causas de responsabilidad hasta en el procedimiento en sí. Asimismo, la ley contempla también la eventual supletoriedad de la Ley General de Responsabilidades Administrativas para colmar las lagunas que pudieran haber. Posibles lagunas que, si algo podrían exhibir, no es la incompetencia de la Suprema Corte para llevar la resolución de este delicado caso a buen puerto, sino la ineptitud o mala fe del mismo Zaldívar que diseñó esta ley como parte de su reforma judicial.
La gravedad de las denuncias presentadas obliga a que el procedimiento se conduzca con absoluta probidad y transparencia y que logre desafanarse del pantano mediático y político con el que se ha buscado ensuciarlo. La Suprema Corte —y todo el entramado democrático— saldría beneficiada si se investiga y sanciona una red de corrupción y extorsiones que sólo contribuye a la narrativa de desprestigio de nuestro máximo garante de derechos: el Poder Judicial de la Federación.
Paula Sofía Vásquez
Analista política y especialista en regulación y derecho electoral