Todos los servidores públicos tienen derechos e intereses privados, por lo que no todo interés privado de un servidor público genera un conflicto de interés. El conflicto de interés se presenta, como se ve en las definiciones anteriores, cuando los intereses privados de un servidor público intervienen en su criterio al momento de decidir y actuar en temas con implicaciones en la esfera pública.
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