¿Cómo deciden los jueces constitucionales? ¿A partir de qué criterios definen su voto? ¿Cuáles son las pulsiones que moldean el comportamiento judicial? La respuesta tradicional considera que los jueces resuelven los asuntos que conocen conforme a derecho; es decir, se limitan a realizar un contraste entre los aspectos fácticos de un caso y las normas jurídicas aplicables. Su voto, según esta perspectiva, es fruto de este silogismo que parte del supuesto de que el derecho es un sistema coherente, lógico y acabado.
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